Campero y concejales desprestigian las instituciones violando nuevamente el Código de Ordenamiento Urbano

Urge en Yerba Buena la participación directa de los vecinos y asociaciones civiles, si es que todavía interesa preservar lo poco que queda de la «Ciudad Jardín«. La falta de apego a la normativa vigente, se ve plasmada en hechos concretos, como los que se dieron en la última sesión del Concejo Deliberante el Jueves 01 de Julio en la que se aprobó (por excepción al COU) la construcción de una Estación de Servicio SHELL a 20 metros de un colegio y de una oficina pública.

Sin inconvenientes para Campero, la sesión programada para el Jueves 01 de Julio a Hs . 09.00 (comenzó una hora después) salió tal cual fue digitada. El primer tema en tratarse , fue un proyecto del concejal camperista, Lisandro Argiró para declarar de «Interés Municipal«, «El Día del Paracaidísmo» (o una burla similar).

Lo que sucedió a continuación fue una impresentable puesta en escena para aprobar una flagrante violación al (COU), Código de Ordenamiento Urbano; dando factibilidad -por la vía de EXCEPCIÓN- a la construcción de una estación de servicio SHELL, en donde se expenderá combustibles líquidos y GNC. El proyecto incluye también, un Centro Comercial.

La violación al Código de Ordenamiento Urbano yace en que el emprendimiento se erigirá a cabo tan solo a 20 metros del  Colegio Educación del Talento y a otros 25 metros de una «Oficina Pública» como lo es el edificio del Concejo Deliberante (el COU ordena que la distancia mínima sea de CIEN -100- metros).

Vamos a intentar «traducir» lo que sucedió en dicha sesión, sin embargo publicamos el  siguiente video de parte de la sesión, para que por su cuenta, el vecino pueda ver y escuchar por sus propios medios, la forma en que en este recinto se viola el equivalente a una «Constitución Municipal«, como lo es el Código de Planeamiento Urbano.

Cuesta comprender que una empresa reconocida a nivel mundial, como lo es la firma  SHELL, se preste a esquemas violatorios de normativas vigentes en un municipio como Yerba Buena. Cabe también preguntarse que, si se aceptan los «atajos» en el cumplimiento de las normas municipales (en las etapas previas a su construcción), la empresa SHELL, vaya luego a cumplir con los protocolos y controles que garanticen su funcionamiento. No obstante comprendemos que, por el rubro al que se dedica, conocen perfectamente cuál es el tipo de «combustible» necesario para acelerar los pasos administrativos a la hora de instalar una boca de expendio.

La primera cosa que debe comprender el vecino, es que el Código de Ordenamiento Urbano es (por ejemplo), el que evita que en el medio de un barrio, se instale una fábrica de fuegos artificiales como la que existía hace unos años en San José y que voló por los aires más de dos veces. Es también la que garantiza que no le instalen un «boliche bailable» en frente de su domicilio o se construya un edificio de quince pisos frente a su casa que acaba de construir. El Código regula y ordena lo que se denomina «uso del suelo«, que permite la organización y localización de edificaciones, tránsito y demás parámetros urbanísticos.

Lo segundo que se debe conocer, es que por una cuestionable normativa, el Concejo Deliberante posee la facultad (con la argumentación objetiva y pertinente) de votar excepciones al COU. Esta facultad fue pensada para regularizar determinadas situaciones que están dadas de hecho, aunque lamentablemente se convirtieron en un modo de hacer- «por izquierda«- aquello que Código de Ordenamiento Urbano, prohíbe; tal como es éste caso, en el que el se prohíbe taxativamente que una Estación de Servicio puede construirse a escasos metros de un colegio y de una oficina pública. Esto está estipulado en el Artículo Tercero, inciso 2) y 3) del dicho Código.

La sesión en que se trató la aprobación por vía de excepción, de la construcción de una Estación de Servicio SHELL en la esquina de Av. Solano Vera y calle Fermín Cariola, fue literalmente vergonzosa, tanto o más que en otras similares. Lo lamentable es que esta desvergüenza ya se hizo moneda corriente.

El emprendedor, René Adolfo Eleas, presidente de PUKAYANA S.A., solicitó al Concejo Deliberante que otorgue, por vía de excepción, la factibilidad para la construcción de la Estación de Servicio, a pesar de que el informe preliminar firmado por el Subsecretario de Planeamiento Urbano, Arq. Franco Marigliano, indicase en un dictamen previo, que el proyecto tiene «FACTIBILIDAD NEGATIVA, SALVO MEJOR OPINIÓN TÉCNICA DEL CONCEJO DELIBERANTE«. Claramente en la sesión, no hubo planteos «técnicos«, ni se presentó estudio alguno llevado a cabo por cualquier entidad habilitada para opinar al respecto, valorando cuestiones específicas.

Los concejales afines al intendente Mariano Campero: Marcelo Rojas, José Macome, Rodolfo Aranda, Guillermo Casanova, Lisandro Argiró y Álvaro Apud, votaron a favor sin la necesidad de argumentar absolutamente nada en la sesión. También votaron a favor los concejales del (PJ), Alejandro Sangenis y Marcelo Albaca. Por su parte, los concejales, Gonzalo Cisneros (Fuerza Republicana) y Héctor «Pilón» Aguirre (PJ) votaron en contra.

Leer También: VOTO POR VOTO ENTERATE QUIENES APROBARON LA CONSTRUCCIÓN DE UNA SHELL POR EXCEPCIÓN AL COU. (Click en letra azul para acceder).

En el dictamen -aprobando la factibilidad del emprendimiento- votado por estos concejales, se incluye una «yapa» para el inversor, que de manera asombrosa, ni siquiera está mencionada en la solicitud que eleva el mismo por nota. Esto es, que la Estación de Servicio sea «DUAL«. Esto significa que se otorga sin trámite previo, informe de entidades habilitadas para el caso o de la compañía GASNOR; la posibilidad de que se expenda en este Estación de Servicios (además de combustible líquido), Gas Natural Comprimido (GNC).

Durante la sesión se dio una patética polémica entre concejales peronistas, en donde no faltaron los «pases de factura«, ahondando la grieta en el PJ de Yerba Buena. El que dio la nota fue el siempre polémico concejal Alejandro Sangenis, que en definitiva, fue el mejor «operador» del intendente Mariano Campero en el Concejo, opacando a los concejales oficialistas, muchos de los que no dijeron ni una palabra, salvo para votar.

Cabe preguntarse si los concejales que votaron a favor de esta EXCEPCIÓN, serán corresponsables de las costas de las demandas que iniciarían (según se dio a conocer), los propietarios del colegio «Eduación del Talento«, afectado directo de esta violación al COU validada por ocho concejales.

A propósito del colegio en cuestión, durante la sesión se hace referencia a dos reuniones a la que asistió una supuesta representante zonal de la empresa SHELL; sin embargo en ningún momento se menciona que fuera invitada o notificada autoridad alguna del Colegio Educación del Talento, como parte interesada y afectada de manera directa.

Uno de los pocos argumentos que se esgrimen a favor de otorgar esta excepción, es que el emplazamiento de la Estación de Servicio SHELL, traerá aparejada la posibilidad de contratación de unas TREINTA personas, vecinos de Yerba Buena.

Para quienes conocen la historia de muchos de estos emprendimientos en los cuales se destaca la posibilidad de dar prioridad a mano de obra local, los invitamos a recordar cuántos yerbabuenenses obtuvieron un trabajo estable y que continúen trabajando en la actualidad, en emprendimientos como los shopping, EL SOLAR, JUMBO-EASSY, GÓMEZ PARDO y tantos otros, que obtuvieron beneficios en el tratamiento administrativo para su habilitación.

En esta sesión y una vez más, los concejales que votaron a favor, decidieron priorizar vaya a saber qué cosa…, antes que apegarse a lo que dicta el Código de Ordenamiento Urbano, violado permanente y sistemáticamente por el intendente Campero, sus concejales adeptos y los peronistas funcionales.

Para quienes deseen interiorizarse de otras violaciones al Código de Ordenamiento Urbano en Yerba Buena, les dejamos esta nota a la que podrán acceder haciendo Click en la letra azul.

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