Un segundo Amparo (Colegio Educación del Talento) contra de la Construcción de una Estación de Sevicios DUAL Shell en Yerba Buena

En Junio y Julio de de 2021 -en cuatro investigaciones periodísticas- anunciábamos de forma potencial, las seguras consecuencias de que el HCD de Yerba Buena aprobase por vía de una ORDENANZA DE EXCEPCIÓN, el otorgamiento de la factibilidad para el emplazamiento de una Estación de Servicio SHELL (DUAL) -Combustible Líquido y Gas- en la esquina  de calle Fermín Cariola y Av. Solano Vera, acera Noreste.

No había que someterse a una sesión de Tarot, ni consultar a un clarividente para adelantarnos a los hechos. Era suficiente con dedicarle una mera lectura a lo que el Código de Ordenamiento Urbano (COU) de Yerba Buena, establece al respecto y «conocer el paño«.

En la crónica que precede a esta, informamos sobre la «Acción de Amparo» en contra de la Municipalidad de Yerba Buena, presentada por la vecina de la zona y abogada; la Dra. María de los Ángeles Ruiz y que titulamos: «Vecinos presentan un Amparo en la Justicia por la instalación de una SHELL en Solano Vera y Cariola» (Ver nota haciendo click en letra celeste).

En la misma, alertábamos sobre la inminente presentación de una segunda medida de Amparo en contra de la Municipalidad de Yerba Buena, pero esta vez, por parte del representante legal del Colegio Educación del Talento, establecimiento lindero al predio en el que ya se encuentra trabajando la empresa  PUKA YANA S.A.

Desde El Diario en Tucumán, habíamos alertado sobre la ocurrencia «a futuro», de las consecuencias legales que acarrearía en contra de la Municipalidad de Yerba Buena y por ende en el erario púbico, de existir demandas por daños y perjuicio de alguna de las partes. En este caso: Vecinos, Colegio Educación del Talento y por qué no, la empresa propietaria del proyecto, antes de que se produjera la sesión del Concejo Deliberante de Yerba Buena, a la cual asistimos, en donde se aprobó.

Es muy claro que hoy en día la gente, los vecinos, tienen la mirada puesta en cuestiones mucho más básicas que estas y descree de los «políticos» en general; los que estuvieron, los que están -y no les importa- los que estarán (al menos por ahora).
Lo lamentable de todo esto, es que quienes autorizaron este proyecto, reñido con los parámetros que indica el Código de Ordenamiento Urbano de Yerba Buena, es muy posible que en unos años, ocupen otros cargos, que vuelvan a sus trabajos o actividades previas a su función (en caso de tenerlas), y que «con o sin beneficio extra«, les importe absolutamente nada lo que vaya a suceder de acá en más.

En otros momentos, se hicieron cosas similares; esto no es novedad. Vimos que en muchos casos, lo que se otorgaba era una «PRE FACTIBILIDAD«. Esa «PRE«, adquiere relevancia cuando está presente, ya que los derechos del INVERSOR, están condicionados de algún modo, a situaciones posterioeres que deben darse para obtener la FACTIBILIDAD solicitada.
Al otorgarle (por el modo que sea) la FACTIBILIDAD, el concejal «Rodi» Aranda (quien preside el Concejo Deliberante), firmando como concejal la aprobación de la Ordenanza N° 2324-22 (vaya juego de números…), y luego; firmando como Intendente a Cargo, por alguno de los viajes de Mariano Campero; la PROMULGACIÓN de dicha Ordenanza, mediante Decreto N° 576 – 09-21, es el máximo responsable de haber ocasionado esta situación, por su doble rol (no iba a VETAR, como Intendente a Cargo, lo que votó positivamente, como Presidente del Concejo Deliberante). 

Más allá de la inobservancia del COU, más allá de que este proyecto se podría haber emplazado en un lugar adecuado y apto, más allá de todo; dentro de unos años, la Dra.  Vecina y sus representados, el Colegio Educación del Talento y hasta la misma empresa (que con la FACTIBILIDAD, obtuvo lo que se denomina «Derechos Adquiridos«); podrán iniciar acciones judiciales contra la Municipalidad de Yerba Buena. 

Sesión en la que se aprobó por vía de expcepción, la instalación de la SHELL.

Estando sentado, vaya a saber quién o cuándo, en el lugar que ocupa hoy, el intendente Mariano Campero, tendrá que recibir un expediente con libramientos (de existir un casi obvio reclamo de resarcimiento por daños ocasionados), de cheques destinados a abonar honorarios de abogados, costas procesales, peritajes, Etc.; por una cifra que hoy es dificil de imaginar.

Lo cierto es que esos cheques, saldrán de las arcas municipales que se nutren con el esfuerzo de los vecinos, comerciantes, empresarios, etc., que pagan sus Tasas y Tributos en tiempo y forma.

Nota de la Redacción: Tal como sucedió con este tema al cual le vamos dedicando SEIS informes completos, en cada una de sus etapas, solo en dos años; es muy posible que -con el retardo de entre 7 y 10 días- los tucumanos vean, que en un programa de TV del medio más conocido de Tucumán; funcionarios se muestren «ofendidos» por la «afrenta» en que incurre esta nota sacada a la luz por este humilde medio tucumano. Los eventuales entrevistados, tratarán de convencer al espectador y a los conductores del programa; que cien metros es lo mismo que dos centímetros y que, como dice la genial canción de  María Elena Walsh: «Me dijeron que en el Reino del Revés, nada el pajaro y vuela el pez. Que los gatos no hacen miau y dicen yes, porque estudian mucho inglés«. «Vamos a ver como es, el reino del revés…».