UNA ESTACIÓN DE SERVICIO A METROS DE UN COLEGIO SE SUMA AL FESTIVAL DE EXCEPCIONES AL CÓDIGO URBANÍSTICO EN YERBA BUENA

«De eso no se habla«, nos dice un concejal por lo bajo. «Algunos se están cansando de que Campero nos tire estos temas para que paguemos el costo político nosotros«, dice otro concejal, en una llamada por celular.

Lo cierto es que, para variar, en Yerba Buena los expedientes se llevan en mano, haciéndolos girar en una «calesita administrativa» de modo que la «sortija» la saquen los mismos de siempre.

Hablamos de un emprendimiento de CINCO MIL METROS CUADRADOS -con forma de «L»-en la esquina noreste de la esquina de Av. Solano Vera y calle Fermín Cariola, que incluye una Estación de Servicio y un Centro Comercial.

En este gráfico vemos perimetrado (en color rojo), lo que sería el emprendimiento. El mismo está a escasos metros del edificio  del colegio Educación del Talento (en color amarillo), de una conocida pinturería que almacena ya de por sí, elementos altamente combustibles y para colocarle un «moño«, en diagonal funciona el edificio del Concejo Deliberante de Yerba Buena (en color celeste), que incluye el Salón de Sesiones, al cual asisten los funcionarios, empleados y vecinos.

Fueron tantas las excepciones al COU (Código de Ordenamiento Urbano) aprobadas por Mariano Campero y los concejales afines, en su primera gestión y en la media que va cursando, que ya ni sorprende la transformación y el cambio de la «fisonomía urbana» de Yerba Buena.

No estamos hablando de obra pública ni de infraestructura, hablamos de los cientos de miles de metros cúbicos de hormigón, ladrillos y hierros, volcados en edificaciones –que se alzan a fuerza de excepciones al Código de Ordenamiento Urbano-  en el seno de zonas residenciales que  antes le otorgaban su identidad característica al la ex «Ciudad Jardín«.

Todo, realmente casi todo, pasa por los negocios inmobiliarios y como el tiempo es dinero,  las cosas avanzan al ritmo de «decretazos» o de excepciones el Código de Ordenamiento Urbano. No hay ni interés en colocar los obligatorios «Carteles de Obra«, en donde se expone lo que se va a construir, cuál es la empresa interviniente, el Ing.Civil a cargo, etc.

Si hay que desmontar, se desmonta y si hay que saturar el ya enloquecido tráfico en las calles y avenidas del municipio, no importa. Total,  esto colabora  «cubrir los baches» de una deslucida gestión de Mariano Campero en materia de obra pública. Quien ejecutó lo que le regaló en bandeja la gestión anterior, pero no más que eso.

Mientras el expediente en cuestión, con el que se pretende conseguir autorización para el emplazamiento de un emprendimiento de 5.000 m2 de superficie, pasa «de mano en mano» como en el rugby, se espera que las cosas salgan «ya cocinadas» para que recién el vecino de Yerba Buena se entere.
Es por ello que El Diario en Tucumán, da a conocer sobre qué hablan en la Comisión de Obras y Servicios Públicos -que conduce el concejal Marcelo Rojas– quien tendría encomendada la tarea de facilitar las gestiones sobre esta enorme obra por pedido de Mariano Campero. (Nota de la Redacción: El uso del «condicional» es una formalidad).

Así es que entrevistamos a uno de los diez concejales por vía telefónica para conocer su opinión. El concejal Héctor «Pilón» Aguirre, con quien este medio fue muy crítico en varias oportunidades, no tuvo pelos en la lengua a la hora de responder nuestras preguntas, adelantando su posición al respecto de este tema:

Tal como lo explica claramente el concejal Aguirre, el Código de Ordenamiento Urbano (Click en letra azul para acceder al COU), es el instrumento que regula absolutamente todo lo relativo a lo que a construcciones se refiere, es explícito en cuanto a las condiciones para el emplazamiento de una Estación de Servicio en el municipio. El mismo, expresa y ordena lo siguiente, en el Grupo 4.

Como para agregar un detalle; si usted cargó combustible en Yerba Buena, podrá haber observado el INCUMPLIMIENTO TOTAL -por parte de algunas Estaciones de Servicio- del Requisito número 16, del Artículo SEGUNDO, que enuncia y ordena lo siguiente:


En cuanto a lo que TAXATIVAMENTE ordena el COU como requisitos (que se incumplen claramente en este emprendimiento) y que son INSALVABLES; ni un DNU del intendente Campero ni una Ordenanza, POR PEDIDO DE EXCEPCIÓN, votada por los concejales, permitiría de ninguna manera, que una Estación de Servicio se construya en dicho terreno. Así lo establece el COU, que enuncia lo siguiente:

Si usted tiene dudas, puede leer claramente que SE PROHÍBE la construcción de Estaciones de Servicio, A MENOS DE CIEN METROS (100m) DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES UNIVERSITARIOS; SECUNDARIOS O PRIMARIOS (Véase en el gráfico exhibido en el inicio de la nota) y DE EDIFICIOS PÚBLICOS (el Concejo Deliberante se encuentra emplazado en diagonal en la misma esquina, entre otros espacios.

Por si queda duda en cuanto a la interpretación respecto a cuál es el criterio para medir los 100m de distancia que debe separar a las Estaciones de Servicio de los lugares prohibidos por el COU; el Inciso 2) del ARTÍCULO TERCERO, establece que: SE CONSIDERARÁ LA RECTA ENTRE LOS DOS PUNTOS MÁS PRÓXIMOS, CORRESPONDIENTES A CUALQUIERA DE LOS LÍMITES MEDIANEROS Y/O LÍNEA MUNICIPAL DE AMBOS PREDIOS. ¿Hace falta decirlo en criollo?.

Dando margen para ser «generosos«, la distancia entre el emprendimiento que pretenden aprobar (por vía de EXCEPCIÓN) Mariano Campero y sus concejales adeptos; es de CUARENTA METROS (40m) -si los medimos de manera LINEAL- tal como lo especifica el COU.

Entre los documentos presentados, publicaremos los siguientes para mayor comprensión del lector:

En estas dos fojas del expediente Nº 494 del 15 de Diciembre de 2020, el Subsecretario de Planeamiento Urbano, Arq. Franco Marigliano, emite un ambiguo dictamen (tal como lo señala el concejal Aguirre en los audios publicados por El Diario en Tucumán) cuando se refiere al respecto.

El funcionario expresa que «Existe un primer informe en donde se expresan EN LINEAS GENERALES, el cumplimiento del proyecto sobre las normativas del COU«. Luego señala el INCUMPLIMIENTO de la normativa respecto a la distancia que debe existir entre una Estación de Servicio y una institución educativa (Colegio Educación del Talento).

Nada dice Marigliano sobre lo que establece el COU como prohibición, sobre la cercanía en diagonal, entre el emprendimiento y un «EDIFICIO PÚBLICO«, como lo es el Concejo Deliberante de Yerba Buena, a unos pocos metros en diagonal en la esquina opuesta.

No obstante, Marigliano señala y determina, que la «Factibilidad es NEGATIVA, salvo mejor opinión técnica del Concejo Deliberante«. Con esto, el funcionario abre la posibilidad de la Vía de Excepción al Código de Planeamiento Urbano.

El concejal Héctor Aguirre plantea dudas sobre la «urgencia» con la que algunos funcionarios y concejales plantean tratar este proyecto.

Hasta acá la documentación exhibida a nuestros lectores, se refiere a parte de lo actuado el año 2020, pero el tema vuelve a «reactivarse» recientemente en 2021, precisamente el 14 de Junio, con una presentación de la empresa al Concejo Deliberante, solicitando la «Factibilidad Urbanística«, cuando en realidad y por lo expuesto anteriormente, está claro que esto solo puede hacerse por Vía de Excepción, o sea, por autorización del HCD para violar las normas establecidas por el Código de Planeamiento.

Según la presentación de la empresa, la distancia real entre la estación de servicios, en el área de combustibles y el colegio es «de más de 130 m«, Ciento Treinta Metros.
Salvo que se hayan tomado referencias entre extremos lejanos, en contradicción con lo que establece el COU, existe una empresa llamada Google, en su versión Maps, que ofrece la posibilidad de medir distancias entre dos puntos. Nosotros la usamos y medimos desde el centro de lo que sería el área de combustibles hasta el límite próximo del Colegio Educación del Talento; que nos muestra lo siguiente.

Solo Setenta metros (70 m) separan al sector de combustibles con el Colegio Educación del Talento. Claro que los 100 metros que da como referencia el COU, se deben tomar como distancia mínima ya que no es un punto tentativo de referencia, sino una clara condición a cumplir. 

Continuando con lo argumentado en el expediente presentado el 14 de Junio, el lector puede apreciar resaltado, lo que se expone como un argumento realmente original. Señala que parte del centro comercial, en la medianera norte estará ocupada como Centro Comercial, por lo que este operaría como «una más que importante barrera arquitectónica con el colegio«. Puesto en claro, esto equivale a decir que si la Estación de Servicio vuela por los aires, parte del Centro Comercial de la misma, cubriría del eventual desastre al colegio Educación del Talento. Esto es casi un «sincericidio«, ya que pone la vista sobre la conveniencia o no de aprobar la construcción de una estación de servicio que incluya a un centro comercial. (¡..!)

Antes del obligado «pase administrativo» a la inefable Comisión de Obras y Servicios Públicos del Concejo Deliberante de Yerba Buena, queda plasmado el remanido argumento de la toma de mano de obra local. Destacan al respecto que el emprendimiento ocupará o dará trabajo a «TREINTA Y CINCO PERSONAS«. Sobre esto último, acotar algo sería absurdo y de mal gusto.

Invitación a reuniones privadas «para sacar rápido esta medida de excepción«.

Con esto concluye la participación del concejal Aguirre en la entrevista con El Diario en Tucumán.

A la luz de las cosas y a pedido de nuestros lectores, pusimos sobre el tapete aquello que corre por debajo de las mesas (de entrada) y por reuniones privadas (tapabocas incluido) entre emprendedores, concejales y funcionarios. Nadie puede «disfrazar» las cosas para EVADIR lo que el Código de Ordenamiento Urbano de Yerba Buena manda.

De hacerlo, con el peligro que conlleva la ocurrencia de una eventual desgracia, el Colegio en cuestión, o los mismos vecinos, debieran considerar la posibilidad de recurrir a la justicia y presentar una medida de no innovar o un amparo, antes de que los hechos estén consumados.