El decreto de necesidad y urgencia (DNU) que firmó este miércoles el presidente Javier Milei generó varias dudas respecto a las normas para la circulación del tránsito, a partir de las derogaciones y modificaciones en el régimen jurídico del automotor ¿Por qué se generó la confusión?
¿Sigue siendo obligatorio hacer la VTV y tener seguro?
Sí. Desde la cartera de Transporte de la Nación remarcaron que la VTV y el seguro seguirán siendo requisitos obligatorios para la circulación porque las reformas del DNU no afectan a la Ley Nacional 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial.
La confusión surge al interpretar que la modificación que el DNU introduce al sistema registral automotor modifica también la Ley Nacional de Tránsito. Al no mencionar ni la VTV ni el seguro de Responsabilidad Civil, pareciera que quedan excluidos.
Sin embargo, el vocero de Transporte sostuvo que los cambios fueron introducidos al sistema registral del automotor y los moto vehículos basados en el régimen vigente, donde ya se pedía la misma documentación sin hacer referencia a la VTV y el seguro.
En rigor, el artículo 34 de la Ley establece que «todos los vehículos automotores, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública están sujetos a la revisión técnica periódica a fin de determinar el estado de funcionamiento de las piezas y sistemas que hacen a su seguridad activa y pasiva y a la emisión de contaminantes».
En tanto, el artículo 68 de la misma ley, fija la obligatoriedad de poseer un seguro «que cubra eventuales daños causados a terceros, transportados o no».
¿Por qué se generó la confusión?
El disparador de esta interrogante fue la sustitución y modificación del artículo 22 de la Ley 6582 (promulgada en 1958) que regula el Registro Automotor, por la siguiente resolución: «(…) La cédula verde, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor, y las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos para su uso legítimo«.
Asimismo, un párrafo después, el documento remarca que «será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial».
De esta manera, al no hacer referencia a la VTV y al seguro de responsabilidad civil, «La VTV» se convirtió en tendencia en la red social X porque algunos usuarios interpretaron el documento dejaba de ser obligatorio para circular. En sintonía con este dilema, el legislador porteño de La Libertad Avanza (LLA), Ramirro Marra, escribió en su cuenta de X: «VTV? AFUERA«.
La VTV en Buenos Aires sigue siendo obligatoria
Asimismo, desde el Ministerio de Transporte bonaerense aclararon que en la Provincia, la VTV seguirá siendo un documento obligatorio para circular, tal como lo establece el Decreto 532/09. Y que la misma solo tiene jurisdicción nacional en las provincias donde no hay ley propia.
«La VTV no es un mero trámite burocrático, es un acto de responsabilidad y solidaridad indispensable para lograr calles seguras en la Provincia«, postearon en las redes sociales de la cartera.
En la Ciudad de Buenos Aires también hay una reglamentación específica, sin embargo, desde la Secretaría de Transporte porteña explicaron que están analizando los alcances del decreto en su jurisdicción, para informar a los ciudadanos cuáles serán los requisitos a solicitar para circular.
Infracciones y multas de tránsito en Buenos Aires
La consulta por el monto y el lugar de pago de las infracciones de tránsito en la provincia de Buenos Aires puede hacerse en el sitio web oficial de la cartera de Transporte.
En tanto, por circular en Buenos Aires sin haber realizado la revisión técnica periódica obligatoria, el Ministerio de Transporte provincial indica que un conductor podrá ser «sancionado con multa de 300 U.F. hasta 1.000 U.F«. En octubre, la última actualización de la Unidad Fija fue de $290.1.